¿Puedo demandar que mi jefe me grite?

Imagen extraída de wsj.com

El acoso laboral, también llamado mobbing, no siempre implica agresión física o despidos injustificados. Muchas veces se manifiesta de forma verbal, como gritos constantes, humillaciones o trato despectivo por parte de superiores. La pregunta frecuente es: ¿puedo demandar a mi jefe si me grita en el trabajo? La respuesta depende de varios factores y del marco legal vigente en España.

Marco legal: Estatuto de los Trabajadores y Ley de Prevención de Riesgos Laborales

El Estatuto de los Trabajadores reconoce que los empleados tienen derecho a un trato respetuoso y digno. El artículo 4.2 establece que “los trabajadores tienen derecho a la integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene”.

Por su parte, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empleador a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, incluyendo la prevención de riesgos psicosociales como el estrés, la ansiedad o el acoso verbal.

¿Qué se considera acoso laboral verbal?

El acoso verbal incluye:

  • Gritos, insultos o descalificaciones repetidas.
  • Comentarios humillantes o intimidatorios.
  • Exigencias excesivas o amenazas constantes.
  • Comentarios discriminatorios por género, edad, origen o cualquier otra condición protegida por la ley.

Un único grito aislado puede no constituir acoso, pero la reiteración sistemática sí puede generar responsabilidades legales.

Tipos de reclamaciones posibles

Si sufres gritos constantes por parte de tu jefe, existen varias vías legales:

  • Reclamación interna: comunicar la situación al departamento de Recursos Humanos o al comité de empresa.
  • Inspección de Trabajo: presentar una denuncia por vulneración de derechos laborales y riesgos psicosociales.
  • Vía civil: reclamar indemnización por daños morales si los gritos han causado estrés, ansiedad o perjuicio a la salud.
  • Vía penal: en casos extremos, si hay amenazas o humillaciones graves, se puede considerar delito de acoso o coacciones (artículos 172 y 173 del Código Penal).

Prueba del acoso verbal

Para reclamar con éxito, es fundamental documentar los hechos:

  • Registrar fechas, horas y circunstancias de cada incidente.
  • Conservar correos electrónicos, mensajes o grabaciones (si son legales, ver más adelante).
  • Testigos que puedan declarar sobre los hechos.
  • Informe médico o psicológico si el acoso ha afectado la salud.

La acumulación de pruebas permite demostrar que los gritos forman parte de un patrón de acoso sistemático y no de un hecho aislado.

¿Se puede grabar a un jefe que grita?

Grabar conversaciones en el trabajo es delicado: según el Tribunal Supremo, las grabaciones hechas por uno mismo pueden ser admitidas en juicio si el contenido afecta directamente a la defensa del trabajador y no vulnera la intimidad de terceros. Lo recomendable es grabar solo el audio propio o testigos presentes, y evitar difundirlo fuera del ámbito legal.

Ejemplos prácticos

  • Caso 1: Un trabajador sufre gritos constantes durante meses, lo que genera ansiedad. Documenta los incidentes y acude a Recursos Humanos. La empresa actúa y se logra un acuerdo de indemnización y cambio de superior.
  • Caso 2: Un jefe grita una vez en una reunión pero no se repite. Aunque molesto, probablemente no constituye acoso laboral y no proceden sanciones.
  • Caso 3: El trabajador presenta informe psicológico acreditando estrés y ansiedad por gritos sistemáticos. Puede reclamar indemnización por daños morales vía civil.

Consejos prácticos

  • Documenta todos los incidentes con detalle.
  • Consulta el convenio colectivo aplicable; algunos recogen protocolos específicos contra el acoso laboral.
  • Evita confrontaciones directas que puedan empeorar la situación.
  • Acude a un abogado especializado en derecho laboral para valorar la mejor estrategia.

Conclusión

Los gritos y humillaciones constantes de un jefe pueden constituir acoso laboral, vulnerando derechos fundamentales del trabajador y generando responsabilidad de la empresa. Documentar los hechos, acudir a los canales internos y, si es necesario, recurrir a la vía administrativa, civil o incluso penal son pasos fundamentales para proteger tu integridad y tus derechos.

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